Los crímenes y violaciones de derechos humanos perpetrados por las transnacionales (TNC) no son hechos aislados. Más bien, como lo muestran los informes sobre el tema en América Latina (ver Impunity Inc. en http://www.stopcorporateimpunity.org/?p=3329 y Peoples Permanent Tribunal Madrid 2010 Indictment en http://www.stopcorporateimpunity.org/?p=1386) y numerosas denuncias en otros continentes, dichas violaciones son sistemáticas. Aun así, las transnacionales gozan de un fuerte grado de impunidad. Por consiguiente, ya es tiempo de que la sociedad aúne fuerzas para presionar por la adopción de normas obligatorias sobre los crímenes y violaciones que cometen las grandes empresas, orientándose de ese modo hacia el desmantelamiento de la actual “arquitectura de la impunidad”.
¿Qué es la arquitectura de la impunidad y cómo beneficia a las TNC?
Una de las principales razones sistémicas de la impunidad generalizada de las transnacionales es lo que muchos movimientos sociales han conceptualizado como “arquitectura de la impunidad”: el marco normativo asimétrico que, por un lado, otorga a las TNC “súper derechos” a través de la Lex Mercatoria (el marco jurídico que protege los intereses de los inversores, es decir los acuerdos de libre comercio, los tratados bilaterales y multilaterales de inversión, etc.) y por otro lado debilita y sabotea la aplicación de todas las normas jurídicas diseñadas para proteger los derechos humanos.
Así, mientras que los instrumentos jurídicos de la Lex Mercatoria son vinculantes y poseen mecanismos para su aplicación – como, por ejemplo, el Sistema para Solución de Controversias de la OMC y el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial (CIADI) – el sistema internacional de derechos humanos no tiene un tratado obligatorio referente a los crímenes y violaciones de las TNC y, menos aún, un mecanismo para su aplicación.
En cambio, la unidad de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos propone, a través del plan de Responsabilidad Social Corporativa (RSC), unas blandas directivas voluntarias, falsa respuesta a la impunidad de las empresas, con la complicidad de gobiernos e incluso de algunas organizaciones de la sociedad civil, y con el respaldo evidente de las principales TNC. Las normas RSC no son obligatorias, no cuentan con ningún sistema para su aplicación, y permiten a las corporaciones continuar cometiendo sistemáticamente crímenes y violaciones de los derechos humanos sin enfrentarse a ninguna reacción relevante en forma de procesos de acusación, investigación, juicio, imputación y castigo, ni tampoco (lo cual es aún más importante) a la obligación de indemnizar y reparar los daños causados a las víctimas. Esto figura hoy en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos propuestos en 2011 por John Ruggie, Representante Especial de la ONU, y adoptados por el Consejo de Derechos Humanos de dicha organización.
Las directivas voluntarias son una falsa solución
La Campaña Global para Desmantelar el Poder de las Empresas Transnacionales y Poner Fin a la Impunidad (www.stopcorporateimpunity.org) organizó con sus aliados (http://www.stopcorporateimpunity.org/?p=4704), frente al Foro de la ONU sobre las Empresas y los Derechos Humanos realizado del 2 al 4 de diciembre de 2013, una manifestación contra la captura de la ONU por parte de las corporaciones y para exigir al mismo tiempo una normativa obligatoria para las TNC. Dicho foro es el encuentro con el que se “celebra” cada año el marco de la RSC, y debe evaluar los progresos realizados en la implementación de los Principios Rectores. El encuentro reveló sin tapujos que la ONU estaba en manos del poder corporativo, no sólo por la presencia generalizada de transnacionales sino también por el razonamiento subyacente de que el hecho de disponer de un espacio para dialogar permitiría llegar a algún tipo de colaboración fructífera entre “partes interesadas” de igual orientación. Esto es una forma de negar abiertamente la asimetría de poderes entre los autores recurrentes de delitos (en este caso, varias TNC, como fue documentado) y las víctimas (las comunidades locales y la gente en general). En muchos casos los Estados, que se supone deben proteger a la población, terminan siendo cómplices.
Antecedentes de intentos de normativa obligatoria
Durante varias décadas, todas las tentativas de constituir marcos obligatorios dentro del sistema de DD.HH. por medio de un tratado internacional y de sistemas para su aplicación fueron desmantelados por los grupos de presión empresariales, con la complicidad de los gobiernos. Un tratado vinculante no significa que las violaciones de derechos vayan a desaparecer. Sin embargo, en el marco de la legislación internacional, sería el medio más avanzado para combatir la impunidad corporativa y proveer reparación y compensación a las víctimas. Al mismo tiempo, las consiguientes acciones jurídicas y enjuiciamientos reforzarían la denuncia del carácter sistemático de las violaciones y delitos de las empresas, y esto sería muy importante para una de las principales tareas que tenemos hoy: desmantelar la legitimación cultural de la hegemonía de las corporaciones dentro del sistema capitalista. Esa legitimación ha conducido a que las políticas públicas permanezcan, a todos los niveles, dentro de una ideología engañosa con trágicas consecuencias, como si lo que es bueno para los intereses privados de las empresas fuera exactamente igual de bueno para la sociedad.
La iniciativa actual a favor de un tratado vinculante sobre las TNC en el seno de las Naciones Unidas
Ochenta y cinco países (ver http://www.stopcorporateimpunity.org/?p=3830) han pedido al Consejo de Derechos Humanos de la ONU que considere la adopción de una resolución sobre un tratado obligatorio. Esta iniciativa ha concitado una oposición generalizada. Los 85 países son mayormente receptores de inversiones, y algunos quizás hayan sufrido ya el acoso de gobiernos del Norte que afirman, como de costumbre, que tal iniciativa haría disminuir el flujo de inversiones.
Sin embargo, lo importante es que, durante más de 40 años, los intentos por lograr una normativa obligatoria carecieron de la presión de movimientos sociales de base, capaces de traer al primer plano los testimonios de las víctimas y de exigir un tratado vinculante como poderoso instrumento de su lucha por la justicia. Esta carencia – la de un contrapoder de los movimientos sociales y de las víctimas de los delitos corporativos – es lo que intentan resolver la Campaña Global y su Tratado de los Pueblos.
El Tratado de los Pueblos, una alternativa de los movimientos sociales
Una de las estrategias clave de la Campaña Global para desmantelar el poder de las empresas y poner fin a la impunidad es el Tratado de los Pueblos (TP). La idea de dicho tratado (ver http://www.stopcorporateimpunity.org/?p=4638) surgió al comprender que era necesario oponer a la arquitectura de la impunidad un uso alternativo y radical de la ley y la justicia partiendo desde abajo, una propuesta que tenga su origen en los pueblos, especialmente en los más afectados por los crímenes corporativos. Esto significa que el TP expondrá la visión política de los movimientos sociales y las comunidades afectadas sobre las normas y principios de la justicia y para un sistema mundial en el que las corporaciones ya no sean las que mandan.
El valor agregado de la Campaña y del proceso del TP es justamente su potencial para la educación popular y para la “apropiación” por parte de las comunidades afectadas de la reclamación de un tratado obligatorio. Como tal, éste podrá y será usado como herramienta política para mostrar el respaldo popular y las opiniones de los pueblos y llevar a los gobiernos a crear un sistema obligatorio para castigar los crímenes corporativos y proveer reparación e indemnización a las víctimas. Además, la importancia de esta campaña y del TP reside en su capacidad de fortalecer una reivindicación más general y mundial: la gente no quiere limitarse a elegir de vez en cuando a presidentes y gobiernos que, una vez electos, se amoldan al programa de las empresas; la gente quiere, además, tener participación activa y opinar sobre las decisiones de sus gobiernos, así como sobre las decisiones internacionales que afectan sus vidas. Si los gobiernos hacen participar a sus pueblos en la toma de decisiones y escuchan sus exigencias, existirá la posibilidad de poner fin a las violaciones sistemáticas que cometen las transnacionales.